La declaración de un área como reserva natural urbana adquiere su verdadero alcance cuando debe compatibilizarse con otros intereses. Delimitar el territorio, aprobar un plan de manejo y establecer una categoría de protección son decisiones relevantes, pero sus efectos concretos se ponen a prueba cuando aparecen proyectos que pueden modificar el paisaje protegido.
Esa situación se presenta actualmente en San Carlos de Bariloche, donde avanzan dos emprendimientos turísticos en el Circuito Chico. Uno de ellos es Cauma, ubicado en la reserva natural urbana Laguna El Trébol. El otro está proyectado en el predio del antiguo hotel Osplad, dentro de la reserva natural urbana Lago Morenito-Laguna Ezquerra.
Ambas áreas están categorizadas como “paisaje protegido”. La figura no implica que el territorio sea intangible ni que se encuentre prohibido el desarrollo de actividades turísticas. Sin embargo, tampoco constituye una denominación meramente formal. La legislación de Río Negro contempla la presencia de actividades humanas y turísticas en estos espacios, aunque exige medidas de ordenamiento destinadas a preservar la calidad del paisaje.
Por ese motivo, la protección debería traducirse en consecuencias concretas sobre la forma, la ubicación y la intensidad de las intervenciones. El caso de la reserva Morenito-Laguna Ezquerra resulta especialmente significativo: la ordenanza que la creó, en 2010, definió al Lago Morenito como un ambiente “altamente vulnerable”, pasible de ser modificado por un manejo intensivo o inadecuado de su cuenca.
La misma norma reclamó una fuerte fiscalización de las intervenciones humanas. En ese marco, la discusión sobre los proyectos turísticos no se limita a determinar si una actividad está permitida, sino también a establecer bajo qué condiciones puede desarrollarse dentro de áreas cuya protección fue definida para conservar la calidad del paisaje.



