Brasil puso en marcha nuevas reglas para registrar y controlar las operaciones remuneradas de transporte de cargas por carretera. El sistema permitirá relacionar la información de cada viaje con los valores de los fletes y controlar el cumplimiento de los pisos mínimos fijados para la actividad.

La Agencia Nacional de Transportes Terrestres (ANTT) estableció, mediante la Resolución 6.090/2026, que el registro de las operaciones a través del Código Identificador de la Operación de Transporte (CIOT) es obligatorio desde el 18 de septiembre. La medida reglamenta aspectos de la Ley 15.485, sancionada en agosto, y contempla una adaptación gradual de los sistemas utilizados por los distintos actores del sector.

El CIOT identifica cada operación de transporte remunerado de cargas y debe generarse antes de la realización de cada viaje. El registro tiene que incluir información sobre el contratante, el transportista y, cuando corresponda, el subcontratado. También deben consignarse los datos de la carga, los puntos de origen y destino, el valor del flete contratado y registrado, el monto que deberá abonarse, además de la modalidad y el plazo previstos para el pago.

De acuerdo con la normativa, el valor declarado debe respetar el piso mínimo correspondiente a cada operación. El esquema también prevé vincular el CIOT con el Manifiesto Electrónico de Documentos Fiscales (MDF-e), preferentemente de manera integrada y simultánea a su emisión. Con este mecanismo, la autoridad busca concentrar la información necesaria para verificar las condiciones económicas declaradas en los viajes de cargas.