La Sala IV de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional ha ratificado el procesamiento del empresario Marcelo Eduardo Porcel, quien se encuentra bajo investigación por presuntos abusos sexuales cometidos contra diez compañeros de su hijo en el colegio Palermo Chico, así como por corrupción de menores. Esta decisión judicial se tomó tras una audiencia en la que participaron catorce padres de las supuestas víctimas, y se anunció la noche del jueves 28 de mayo.
Los magistrados no solo confirmaron el embargo de bienes de Porcel, que asciende a cifras millonarias, sino que también ordenaron que se le coloque una tobillera electrónica como medida de control. A pesar de la gravedad de las acusaciones, la Cámara decidió no hacer lugar al pedido de prisión preventiva solicitado por la parte querellante, lo cual ha generado diversas reacciones en el ámbito legal y social, considerando la naturaleza de los delitos imputados.
Porcel enfrenta serias acusaciones de abuso sexual gravemente ultrajante, aprovechándose de su posición de confianza en relación con los menores que habrían sido sus víctimas, quienes tienen entre 11 y 15 años. Además, se le acusan de corrupción de menores y de producir representaciones sexuales de un menor sin su consentimiento. La investigación ha revelado que los delitos presuntamente ocurrieron en diversos entornos vinculados al imputado, donde, según los relatos, se proporcionaba alcohol a los menores y se les inducía a participar en situaciones de índole sexual bajo distintos pretextos.
Los jueces que integran esta sala, Ignacio Rodríguez Varela, Julio Marcelo Lucini y Hernán Martín López, desestimaron los argumentos de la defensa que intentaban poner en duda la credibilidad de los relatos de las víctimas. En su fallo, los magistrados destacaron que los testimonios recolectados en cámaras Gesell mostraron una “coherencia interna” y “estructura lógica”, además de signos de angustia que son compatibles con experiencias de abuso. Esta valoración de las evidencias es crucial en un caso que involucra a menores y pone en juego su bienestar emocional y físico.
Asimismo, la Cámara refutó la defensa que señalaba la falta de indicadores traumáticos en algunas evaluaciones psicológicas de las víctimas. Los jueces enfatizaron que la ausencia de secuelas visibles no desmerece la veracidad de los relatos ni minimiza la gravedad de los actos investigados. Este aspecto resalta la complejidad de las situaciones de abuso, donde las respuestas emocionales pueden variar significativamente entre las víctimas.
En cuanto a la situación procesal de Porcel, la Cámara optó por mantenerlo en libertad bajo ciertas condiciones. Consideraron que el imputado cuenta con un arraigo suficiente, un domicilio estable y empleo conocido, además de no tener antecedentes de incumplimiento de medidas cautelares previas. Sin embargo, implementaron medidas adicionales para la protección de las víctimas, que incluyen la colocación de un dispositivo de rastreo y geolocalización, así como sistemas de alerta ante posibles acercamientos no permitidos.
Por otro lado, la Cámara también autorizó la extracción compulsiva de ADN de Porcel para que este pueda ser registrado en el Registro Nacional de Datos Genéticos, relacionado con investigaciones criminales. La defensa del empresario había cuestionado esta medida, argumentando que tal procedimiento solo puede aplicarse a personas que ya tienen una condena firme y que podría vulnerar derechos constitucionales. Este caso continúa suscitando un intenso debate sobre los derechos de los acusados y la protección de las víctimas en el contexto de delitos sexuales.



