La Junta Electoral Central (JEC) tiene previsto reunirse este lunes en el Congreso para analizar la orden del Tribunal Supremo que le exige comunicar a los responsables de los registros consulares la necesidad de verificar el vínculo con el exilio de quienes hayan obtenido o soliciten la nacionalidad española mediante la disposición de la Ley de Memoria Democrática conocida como “ley de nietos”.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal resolvió esta semana hacer lugar a los planteos de Vox y de Iustitia Europa y suspendió de manera cautelar, hasta que dicte sentencia, el derecho a votar de las personas ya inscriptas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que obtuvieron la nacionalidad a través de esa norma. La medida también alcanza a las nuevas incorporaciones al censo, salvo que los solicitantes acrediten su descendencia de exiliados españoles.
En ese marco, el Supremo ordenó a la JEC requerir de inmediato a los encargados de los registros consulares información sobre esa condición. Según la resolución, deberán expedir una certificación que acredite que los beneficiarios de la denominada “ley de nietos” nacieron fuera de España y son hijos o nietos de personas originariamente españolas que sufrieron exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, y que perdieron o renunciaron a la nacionalidad.



