El Pleno del Congreso debatirá y votará el decreto ley que establece un registro público y obligatorio para los grupos de interés o lobbies. La medida fue aprobada por el Consejo de Ministros a finales de agosto y su validación parlamentaria definirá si continúa vigente.

El Gobierno recurrió a este instrumento después de que el proyecto de ley sobre lobbies, que se tramitaba desde febrero de 2025 e incluía la creación de un registro estatal, quedara trabado ante la falta de consenso entre los grupos parlamentarios. El decreto incorpora además algunas de las enmiendas que las distintas bancadas habían presentado durante el tratamiento de esa iniciativa.

La norma fue impulsada por el Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública y prevé que el registro sea público, de inscripción obligatoria y administrado y supervisado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

El texto también regula, dentro de la Administración del Estado, los vínculos entre los grupos de interés y el personal público que puede recibir su influencia. En ese marco, precisa quiénes son considerados lobbies, qué actividades constituyen acciones de influencia y qué funcionarios quedan comprendidos como posibles destinatarios de esas gestiones.

Según la definición incluida en el decreto, pueden ser grupos de interés tanto personas físicas como jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica. La categoría abarca, entre otras formas de organización colectiva, plataformas, foros y redes.