El Gobierno de la Nación ha dado un paso significativo al promulgar la ley 27.804, que introduce reformas a la legislación sobre glaciares que había estado vigente desde el año 2010. Esta reforma, ratificada mediante el Decreto 271/2026 publicado en el Boletín Oficial, establece un nuevo marco para la conservación de los glaciares y las áreas periglaciares en el país, buscando un equilibrio entre la protección ambiental y las necesidades de desarrollo económico.
El objetivo fundamental de esta nueva normativa es asegurar la preservación de los glaciares como “reservas estratégicas de recursos hídricos”. No obstante, la reforma trae consigo una reinterpretación que se alinea más estrechamente con los principios establecidos en la Constitución Nacional, especialmente en lo que respecta al derecho a un ambiente sano y la gestión de los recursos naturales a nivel provincial. Este cambio representa un avance hacia un enfoque más federal en la gestión ambiental, permitiendo que las provincias tengan un mayor protagonismo en la toma de decisiones relacionadas con sus territorios.
Uno de los aspectos más relevantes de esta reforma es la redefinición del alcance de la protección de los glaciares. A partir de ahora, solo se garantizará la protección estricta de aquellos glaciares y geoformas periglaciares que demuestren tener una función hídrica comprobable. Esta modificación abre la puerta a la posibilidad de desarrollar actividades productivas en áreas que anteriormente estaban sujetas a restricciones más amplias, lo que podría beneficiar a provincias con una fuerte presencia de la industria minera que han estado demandando cambios en la normativa.
En este nuevo esquema, las provincias obtendrán un rol decisivo, ya que tendrán la facultad de evaluar y determinar qué áreas deben ser protegidas y cuáles pueden ser utilizadas para actividades económicas, basándose en estudios técnicos pertinentes. Este enfoque busca atender las necesidades locales y fomentar un desarrollo que no comprometa la integridad ambiental, aunque también genera preocupaciones sobre la posible flexibilización de las normas de protección en función de intereses económicos.
Además, la reforma modificó el sistema de prohibiciones que regía anteriormente, pasando de un modelo de vetos generales a uno basado en evaluaciones de impacto ambiental específicas para cada caso. Estas evaluaciones deberán ser aprobadas por las autoridades competentes de cada jurisdicción, lo que implica un proceso más detallado y personalizado para la aprobación de proyectos que afecten a los glaciares y áreas circundantes.
El inventario nacional de glaciares, que seguirá bajo la responsabilidad del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, mantiene su función de referencia técnica. Sin embargo, su capacidad para restringir decisiones provinciales se ve limitada, otorgando así mayor autonomía a las provincias en la gestión de sus recursos. El principio precautorio también se incorpora a la ley, estableciendo que todas las geoformas registradas serán consideradas protegidas hasta que se demuestre, a través de estudios científicos, que no cumplen funciones hídricas.
La reforma fue aprobada por el Congreso de la Nación Argentina el pasado 9 de abril, con una votación que arrojó 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones. Esta sesión estuvo marcada por tensiones y protestas en los alrededores del Parlamento, evidenciando la polarización que genera el tema de la protección de los glaciares en la opinión pública. Desde el Poder Ejecutivo, se defendió que los cambios introducidos permitirán “ordenar el marco normativo” y reducir las interpretaciones ambiguas que hasta ahora habían dificultado la implementación efectiva de la ley anterior.



