El caso del asesino de las hermanas Buamscha, Luis Aboy, ha generado un nuevo revuelo en la comunidad de Neuquén tras la reciente decisión del Tribunal de Impugnación, que ha negado su acceso a la libertad condicional. Aboy, quien fue condenado a cadena perpetua por el brutal asesinato de Olga y Teresa Buamscha en Junín de los Andes en 2005, había solicitado su liberación tras más de dos décadas de prisión. Sin embargo, el tribunal, compuesto por los jueces Andrés Repetto, Mauricio Macagno y Estefanía Sauli, dictó una resolución unánime que impide cualquier beneficio que pudiera reducir su condena.
La defensa de Aboy había fundamentado su pedido en la presentación de informes que destacaban su buena conducta dentro del sistema penitenciario, así como en la referencia a casos anteriores donde otros magistrados habían permitido la revisión de penas luego de 20 años de cumplimiento. Sin embargo, el juez Repetto enfatizó que tales decisiones no solo contravienen la legislación provincial, sino que también desafían la interpretación de la Constitución de Neuquén, que establece que solo el gobernador tiene la facultad de modificar o conmutar una sentencia firme.
El Tribunal de Impugnación argumentó que, de acuerdo a la normativa vigente, la revisión de condenas perpetuas solo puede llevarse a cabo después de 35 años de prisión efectiva. Este punto se ha convertido en el eje central de la resolución, que refutó la noción de que existan jurisprudencias automáticas que obliguen a los jueces a adoptar decisiones similares en casos diferentes. Así, el tribunal dejó en claro que cada caso debe ser evaluado con base en sus propias circunstancias y la legislación aplicable.
La solicitud de libertad condicional fue presentada formalmente el 16 de marzo de 2026 ante la jueza de ejecución Raquel Gass, quien desestimó el recurso de inmediato. La defensa de Aboy apeló esta decisión, pero el tribunal de revisión la ratificó en los primeros días de abril. La querella y la Fiscalía han insistido en que cualquier posible reducción de pena debe ser decidida por el poder ejecutivo provincial, conforme lo estipula el artículo 214, inciso 14, de la Constitución de Neuquén.
Luis Aboy fue sentenciado en diciembre de 2008 por la ex Cámara de Juicio de Zapala tras ser hallado culpable del homicidio de las hermanas Buamscha, de 71 y 73 años, respectivamente. Los hechos ocurrieron en el contexto de un intento de robo en su vivienda, ubicada detrás de la panadería familiar. Durante el ataque, las víctimas fueron sometidas a una violencia extrema, resultando en sus trágicas muertes.
La reconstrucción de los eventos judiciales detalla que Teresa Buamscha, quien había llegado recientemente desde Temuco, Chile, fue asesinada en su dormitorio, donde sufrió graves lesiones con un arma blanca que le causaron la muerte. Por su parte, Olga fue atacada en el pasillo contiguo a su habitación, donde recibió una brutal golpiza antes de ser degollada. La brutalidad de estos crímenes ha dejado una profunda huella en la comunidad, y la decisión del tribunal reafirma la postura de que los delitos de tal magnitud no deben ser tratados con indulgencia.
El caso de Aboy se convierte así en un símbolo del debate sobre la justicia y la rehabilitación en el sistema penal argentino, con la comunidad y las autoridades enfrentando la difícil cuestión de cuándo, o si, un criminal puede ser considerado para una segunda oportunidad. Mientras tanto, el Tribunal de Impugnación ha dejado claro que, en este caso, la ley será aplicada con rigor, manteniendo la condena de Aboy y reafirmando el compromiso con la justicia para las víctimas y sus familias.



