La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de San Isidro ratificó la decisión de primera instancia que desestimó la demanda de un hombre contra su compañía de seguros, luego del robo de su automóvil. El fallo, firmado por los magistrados de la Sala Segunda, se centró en la conducta del asegurado al momento del delito.
El incidente tuvo lugar el 10 de noviembre de 2016 en General Pacheco, donde el demandante, que en ese momento contaba con 29 años, denunció el hurto de su Volkswagen Gol, que había dejado estacionado frente a su casa. Al salir de su vivienda, se percató de que su vehículo ya no estaba en el lugar donde lo había dejado.
En su denuncia, el hombre admitió haber dejado el auto con la puerta abierta y la llave puesta, un detalle crucial que influyó en las decisiones judiciales. La aseguradora argumentó que el propio asegurado facilitó el robo con su accionar, lo que llevó a la compañía a denegar la cobertura del siniestro, invocando el artículo 70 de la Ley de Seguros y los términos de la póliza. Aunque el demandante apeló la decisión, la Cámara sostuvo que no había diferencias significativas entre dejar el coche en la vereda o en la vía pública, ya que ambas son áreas de dominio público.



