En Colombia, la convivencia de los hijos adultos en el hogar familiar es una situación común, sin embargo, la legislación vigente establece parámetros claros sobre la responsabilidad de los padres y las condiciones en las que pueden solicitar la salida de sus hijos de la vivienda.

Esta normativa no solo protege los derechos de los hijos que dependen económicamente de sus padres, sino que también respeta el derecho de propiedad de quienes poseen el inmueble. Según el Código Civil colombiano, específicamente en su artículo 411, la obligación de los padres de proporcionar sustento —que incluye el acceso a la vivienda— se aplica a los hijos menores de edad y a aquellos mayores que demuestren una dependencia económica, por ejemplo, a través de sus estudios. Sin embargo, se establece un límite de 25 años para aquellos que se encuentren en esta situación, siempre y cuando no sean autosuficientes.

Si un hijo no cumple con las condiciones establecidas y persiste en habitar la casa familiar sin el consentimiento del propietario, este último tiene la opción de recurrir a instancias legales para recuperar el inmueble. La Constitución Política de Colombia refuerza este derecho al asegurar la propiedad privada y facultar al dueño para decidir quién reside en su propiedad. Ante situaciones de vulnerabilidad, como discapacidades que impidan la autonomía, la ley permite que la obligación de los padres se extienda, reflejando así la complejidad de las dinámicas familiares y las diversas realidades que pueden surgir en este contexto.