La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) ha implementado un nuevo protocolo para la realización de festivales aéreos en el país, derogando la Resolución N° 134 del 14 de febrero de 2025. Esta decisión fue oficializada a través de la publicación de la Resolución 147/2026 en el Boletín Oficial.
Con esta normativa, se otorgan facultades a los jefes y responsables de los aeródromos para que puedan aceptar la documentación necesaria y verificar el cumplimiento de requisitos previos a la celebración de estos eventos. Se establece la presentación de una declaración jurada, cuyo modelo ha sido aprobado como anexo a la resolución, con el fin de asegurar que se cumplan todas las obligaciones establecidas.
Es importante destacar que no se considerarán festivales aéreos las reuniones de pilotos, propietarios de aeronaves, empresarios, coleccionistas y actividades similares que no impliquen convocatoria pública o vuelos. Asimismo, están excluidos de esta regulación eventos como exposiciones estáticas, competencias aerodeportivas y jornadas de capacitación organizadas por la autoridad aeronáutica. Estas modificaciones buscan optimizar el proceso de autorización, alineándose con la política de modernización del Estado y garantizando la seguridad operacional en cada evento.



