En un reciente fallo del Juzgado Civil de San Martín, se ha ordenado a los ex inquilinos de un triplex en Ciudad Jardín, junto a sus garantes, el pago de una indemnización superior a los 99 millones de pesos. Esta decisión se tomó tras la constatación de serios daños y deterioros que presentaba la propiedad al momento de su restitución. La sentencia se fundamenta en un conjunto de pruebas documentales, testimonios y peritajes que validaron el estado deplorable del inmueble, lo que ha generado un amplio debate sobre las responsabilidades de los inquilinos en el cuidado de la propiedad arrendada.
El contrato de locación, que se firmó en diciembre de 2013 y fue renovado en 2016, establecía la obligación de los inquilinos de mantener la propiedad en condiciones adecuadas durante la vigencia del alquiler. Según los propietarios, el inmueble se encontraba en óptimas condiciones al momento de ser entregado, pero al finalizar el contrato en febrero de 2018, se encontraron con una situación alarmante. La vivienda, que en algún momento fue un hogar habitable, se había convertido en un espacio inhabitable, con múltiples daños estructurales y problemas de higiene que llevaron a los propietarios a rechazar su restitución en esas condiciones.
A raíz de esta situación, los propietarios decidieron formalizar un reclamo judicial. En su presentación, incluyeron fotografías certificadas, un acta notarial y un listado detallado de los daños, así como presupuestos para las reparaciones necesarias. Estas evidencias fueron complementadas con informes periciales y declaraciones de testigos que corroboraron la magnitud del deterioro. Los propietarios argumentaron que el estado de la propiedad no solo les impedía alquilarla nuevamente, sino que también afectaba su capacidad de venta, lo que derivó en una pérdida económica significativa.
Durante el proceso judicial, que se llevó a cabo en el Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 10 de San Martín, algunos de los demandados no respondieron a la demanda dentro de los plazos establecidos y fueron declarados en rebeldía. Posteriormente, algunos se presentaron a defender su posición, aunque una de las demandadas continuó en estado de rebeldía hasta la emisión de la sentencia. Uno de los garantes aceptó que existía un contrato, pero cuestionó la validez del reclamo, alegando que los propietarios actuaron de manera especulativa y minimizando la gravedad de los daños.
Las pruebas presentadas en el juicio demostraron, según la jueza a cargo, que los inquilinos habían fallado en su deber de conservar la propiedad y que la restitución se había realizado en un estado que distaba enormemente del original. Los testimonios y las imágenes presentadas describieron una vivienda con severos problemas de humedad, olores desagradables, suelos y alfombras sucias, daños en techos y sanitarios, mobiliario en mal estado y la presencia de murciélagos muertos en un sector del inmueble.
Un informe pericial de arquitectura, que no fue objetado durante el proceso, detalló el deterioro observado en cada uno de los ambientes de la propiedad. Esto incluyó daños por humedad, filtraciones, roturas en puertas y ventanas, fallas en las instalaciones eléctricas y muebles que resultaron completamente inutilizables. Este caso se convierte en un ejemplo paradigmático sobre la importancia de la responsabilidad de los inquilinos en el cuidado de las propiedades arrendadas, así como de las posibles consecuencias legales de un incumplimiento de esas obligaciones.



