Los países miembros de la Unión Europea están en la misma sintonía respecto a la necesidad de prohibir el uso de tecnologías que generen imágenes o voces de personas para fines sexuales no consentidos, así como aquellos relacionados con la pedofilia. Durante las negociaciones para simplificar la normativa sobre Inteligencia Artificial, se ha acordado también postergar la implementación de restricciones para las categorías consideradas de "alto riesgo", estableciendo un calendario escalonado que prevé su entrada en vigor en diciembre de 2027 para sistemas autónomos y en agosto de 2028 para los sistemas integrados.

El mandato negociador respaldó en términos generales la propuesta de revisión presentada por la Comisión Europea el pasado noviembre, en el marco del denominado "Ómnibus digital". Sin embargo, se han propuesto enmiendas clave que incluyen la ampliación de las categorías prohibidas para abarcar los deepfakes sexuales, una iniciativa impulsada por naciones como Francia y España. Además, se reinstaurará la obligación de que los proveedores de sistemas de IA registren sus tecnologías en la base de datos de la UE, especialmente para aquellas que se clasifiquen como de alto riesgo.

Otro aspecto relevante de la propuesta es el aplazamiento de la fecha límite para establecer entornos de prueba regulatoria para la IA, que ahora se fijará para el 2 de diciembre de 2027. Igualmente, se aclararán las competencias de la oficina de IA en la supervisión de sistemas que utilicen modelos de propósito general desarrollados por el mismo proveedor. Las autoridades nacionales mantendrán competencias en áreas como gestión de fronteras y fuerzas de seguridad. Por último, se introduce una nueva obligación para que la Comisión Europea brinde orientación a los operadores económicos, facilitando así el cumplimiento de los requisitos establecidos.