Un tribunal en la provincia de Buenos Aires ha tomado una decisión trascendental en un caso de fraude digital que involucra a un cliente de un banco y a la entidad financiera. El fallo establece que la institución deberá restituir la totalidad de los fondos que fueron sustraídos en la estafa, además de abonar una indemnización que supera los cuatro millones de pesos. Esta resolución pone de manifiesto la responsabilidad que tienen las entidades bancarias en la protección de la información y los recursos de sus clientes.
La historia comenzó el 14 de marzo de 2023, cuando un usuario de servicios bancarios en la ciudad de Tandil fue víctima de un ataque de phishing. En ese momento, el cliente intentaba realizar un pago con su tarjeta de débito, pero se encontró con que el plástico había vencido. Ante la urgencia de completar la transacción, decidió utilizar la aplicación móvil de su banco, sin imaginar que poco después recibiría un mensaje falso a través de WhatsApp, supuestamente enviado por la empresa emisora de su tarjeta, que lo llevaría a una trampa mortal.
El fraude se desarrolló en diferentes fases, con los estafadores utilizando tácticas engañosas para obtener la información confidencial del cliente. El usuario, al buscar un número de atención al cliente en internet, contactó una línea que aparentaba ser la de la operadora de tarjetas. Durante la conversación, los delincuentes solicitaron datos personales y bancarios bajo el pretexto de ayudarlo a resolver el problema con su tarjeta, incluyendo su usuario, claves de acceso y varios códigos de seguridad. Armados con esta información, los delincuentes accedieron a la cuenta del cliente y realizaron cinco transferencias que totalizaron 574.000 pesos.
El afectado se dio cuenta del robo poco después de la llamada, cuando intentó ingresar a la aplicación del banco y no pudo acceder a su cuenta. Rápidamente, denunció la situación a la entidad, que bloqueó su cuenta tras ser alertada. Sin embargo, el cliente no recibió una respuesta adecuada a su reclamo. Por ello, primero se dirigió a la Oficina Municipal de Información al Consumidor, donde no logró una solución satisfactoria. Posteriormente, presentó una denuncia penal, pero la investigación fue archivada debido a la imposibilidad de identificar a los autores del fraude.
Frustrado por la falta de respuestas, el perjudicado decidió llevar el asunto a la justicia a través de una demanda civil. En su defensa, el banco argumentó que el cliente había actuado con negligencia al proporcionar información sensible a través de un canal no oficial, y que cumplía con las normativas de seguridad establecidas por el Banco Central. Además, sostenía que realizaba campañas de concientización sobre los riesgos de compartir información en línea, recomendando nunca revelar claves o códigos a terceros.
No obstante, el juzgado consideró que la relación entre el banco y el cliente se enmarca dentro de una relación de consumo, lo que implica que la entidad tiene un deber de seguridad hacia sus usuarios. En su fallo, el tribunal subrayó la falta de medidas adecuadas por parte del banco para detectar transacciones sospechosas, lo que llevó a la decisión de restituir los fondos sustraídos y otorgar una indemnización. Este caso resalta la importancia de que las instituciones financieras implementen mecanismos robustos de seguridad y formación para proteger a los usuarios de estos delitos cada vez más comunes en la era digital.



