En la Ciudad de Buenos Aires, una mujer de 79 años logró una sentencia favorable en un juicio por daños y perjuicios tras sufrir una caída en un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revisó la decisión de primera instancia y, en una resolución mayoritaria, determinó que la indemnización por incapacidad sobreviniente se fijara en $15.000.000, manteniendo el resto de las compensaciones reconocidas a la afectada.

El incidente tuvo lugar el 2 de junio de 2021 en la avenida Santa Fe, cuando la jubilada, que se encontraba de pie cerca de la puerta, perdió el equilibrio debido a una brusca frenada del colectivo, cayendo de espaldas en el pasillo. Tras el accidente, fue trasladada en ambulancia, donde se le diagnosticó una fractura lateral de cadera, lo que requirió una intervención quirúrgica al día siguiente. Posteriormente, continuó con una recuperación en su hogar, recibiendo tratamientos de rehabilitación y enfrentando dificultades de movilidad.

En el juicio, la mujer solicitó indemnización por diversos conceptos, incluyendo daños físicos, psíquicos y estéticos, así como gastos médicos. La aseguradora apelada cuestionó la legitimación de su responsabilidad, argumentando que no existía un vínculo asegurativo vigente al momento del accidente. Por su parte, la empresa de transporte alegó que la caída fue resultado de una situación habitual del tránsito y la condición física de la pasajera, defendiendo que la frenada fue una acción necesaria para evitar una colisión. Sin embargo, la jueza de primera instancia determinó que la empresa tenía la obligación de garantizar la seguridad de los pasajeros durante el trayecto, independientemente de la edad o estado físico de la víctima.