En una carta de lectores, Horacio M. Lynch cuestionó la decisión de un magistrado de la provincia de Buenos Aires que suspendió la Ley Penal Juvenil sancionada por el Congreso sin que, según planteó, existiera un caso concreto y con el argumento de actuar de manera preventiva. El autor sostuvo que esa intervención coloca al juez en un rol similar al de un “superlegislador” y a una instancia adicional dentro del proceso de sanción de las leyes.

Lynch afirmó que ese mecanismo no forma parte del sistema argentino de control de constitucionalidad y consideró que fue incorporado en la Convención Reformadora de 1994 excediendo lo autorizado por la ley de convocatoria. Según su postura, los jueces deberían intervenir frente a casos concretos y con los recaudos establecidos por la Ley 48 y la jurisprudencia tradicional. También advirtió que la suspensión de leyes por parte de los tribunales perjudica la institucionalidad y degrada el papel del Congreso.

En otra carta, el autor planteó que la educación define las posibilidades de un país frente a un escenario internacional cada vez más exigente y atravesado por nuevos desafíos, entre ellos la inteligencia artificial. A partir de los resultados de las pruebas PISA para la Argentina, sostuvo que el desempeño educativo es consecuencia de políticas pedagógicas equivocadas desarrolladas durante años, especialmente en la provincia de Buenos Aires, que concentra el mayor porcentaje de estudiantes del país.