Un tribunal de lo Contencioso Administrativo Federal ha determinado que este fuero será el encargado de intervenir en una de las causas más relevantes en torno a la ley de modernización laboral. Esta decisión se produce en el contexto de un cuestionamiento por parte del sindicato de judiciales, que ha planteado la inconstitucionalidad de varios artículos de dicha normativa.

El fallo se dio a conocer tras un pedido del Estado Nacional, que solicitó que el expediente no continuara siendo tratado en la Justicia del Trabajo. El juez a cargo de la causa, Enrique Alonso Reguera, hizo lugar a esta solicitud, conocida como "inhibitoria", y resolvió que la controversia debe ser abordada en el ámbito contencioso administrativo. Esta decisión marca un cambio significativo en el manejo judicial de este tema, que ha generado intensas discusiones en el sector judicial y político.

La causa en cuestión fue iniciada por la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN), que había solicitado una medida cautelar que suspendió tanto el convenio como la ley que permitieron el traspaso del fuero laboral a la Ciudad de Buenos Aires. Este traspaso es parte de una reforma más amplia que busca modificar la estructura judicial en el país, pero que ha sido objeto de críticas y cuestionamientos sobre su constitucionalidad y su impacto en el funcionamiento del sistema judicial.

Desde el Ministerio de Justicia se defendió la posición adoptada, argumentando que existe un "claro impedimento normativo" para que la Justicia del Trabajo se ocupe del caso. Según su perspectiva, una de las normas en disputa establece que este tipo de litigios deben ser tratados únicamente en el fuero contencioso administrativo cuando el Estado Nacional está involucrado. Además, se destacó que la controversia toca aspectos de derecho público y actos estatales, lo que justifica la intervención de jueces federales en lugar de tribunales ordinarios.

Al abordar el caso, el juez Reguera coincidió en que el núcleo del conflicto requiere la interpretación de normas de carácter público y que el demandado es, efectivamente, el Estado Nacional. Esta circunstancia se considera un factor determinante para que la competencia recaiga en el fuero contencioso administrativo. En sus consideraciones, el magistrado enfatizó que para resolver la cuestión será necesario recurrir a principios y normas de derecho público, lo que justifica la exclusión de la Justicia laboral en este caso.

Además, Reguera subrayó que la propia demanda presentada por el sindicato está dirigida contra actos del Estado que tienen que ver con la organización de la Justicia y con reformas legislativas, lo que refuerza aún más la competencia federal en este ámbito. Por otro lado, el juez también decidió no unificar este expediente con otro que había sido promovido por la CGT, que también plantea cuestionamientos sobre la reforma laboral, argumentando que si bien hay similitudes, los procesos se encuentran en etapas diferentes y no tramitan por el mismo tipo.

Finalmente, el juzgado dispuso que se comunique esta decisión al Juzgado Nacional del Trabajo N° 30, que había estado gestionando originalmente la causa, y se solicita el envío del expediente correspondiente. Si surgen desacuerdos en torno a esta resolución, es probable que la controversia escale hasta la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que tendrá la última palabra sobre el conflicto de competencia que ha surgido en esta compleja situación judicial.