La Corte Suprema rechazó el martes una demanda presentada por veteranos de la Guerra de Malvinas que buscaban mantener vigente la Ley de Tierras. El máximo tribunal aclaró que no se pronunció sobre la constitucionalidad de la derogación, sino que resolvió una cuestión procesal: consideró que quienes promovieron la acción no estaban habilitados para demandar.
La consecuencia práctica del fallo es que continúa sin regir el límite a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. La decisión no implica que la Corte haya derogado la norma. La Ley de Tierras había sido eliminada previamente por Javier Milei mediante un decreto de necesidad y urgencia ómnibus, junto con otras leyes sancionadas por amplias mayorías en distintos períodos legislativos.
El DNU no fue rechazado por la Cámara de Diputados, que se negó a tratarlo y permitió que continuara vigente, al menos hasta ahora. El Senado, en cambio, sí lo rechazó. Sin embargo, ese pronunciamiento no alcanza para dejarlo sin efecto porque la Ley 26.122, sancionada en 2006, establece que ambas cámaras del Congreso deben rechazar un decreto para que pierda vigencia.
El caso también expone el debate sobre los mecanismos institucionales de control del poder. La fundamentación formal de la Corte para desestimar la demanda resulta consistente con su jurisprudencia, aunque el análisis plantea que puede no responder por completo a las necesidades de un escenario marcado por el uso extendido de decretos presidenciales y por la falta de control legislativo sobre esas decisiones. La discusión, en ese sentido, excede el alcance puntual del fallo y vuelve a poner el foco en el papel del Congreso frente a los decretos del Poder Ejecutivo.



