El juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional revocó la progresión al tercer grado otorgada por el Gobierno vasco a Juan Antonio Olarra, exjefe de ETA, y a Óscar Celarain, exintegrante de la organización terrorista conocido como “Peio”. La decisión fue adoptada por el juez José Luis Castro en dos resoluciones, a partir de los recursos presentados por la Fiscalía.

El magistrado consideró que no se cumplen los requisitos legales para mantener esas clasificaciones penitenciarias. En el caso de Olarra, quien cumple varias condenas que suman 30 años por delitos de asesinato, homicidio y estragos, el juez reconoció que “se observa una evolución positiva”, aunque aclaró que esa circunstancia “no resulta por sí sola suficiente para fundamentar la progresión al tercer grado”.

Según el auto, la concesión del régimen de semilibertad debe analizarse junto con el resto de las circunstancias penales y penitenciarias. Castro puso especial énfasis en la gravedad de los delitos de terrorismo por los que Olarra fue condenado y en el tiempo de pena que aún le resta cumplir, ya que su licenciamiento está previsto para 2036.

“El elemento temporal es una cuestión a valorar en la clasificación penitenciaria”, sostuvo el juez. En ese sentido, señaló que la distancia hasta el cumplimiento definitivo de la condena demuestra que el interno todavía no se encuentra en una etapa próxima al final de su permanencia en prisión y que, por ese motivo, el acceso al régimen de semilibertad no cuenta con el respaldo temporal exigible.