El Gobierno considera “materialmente imposible” diferenciar, antes de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, a los españoles nacionalizados mediante la llamada “ley de nietos” de quienes obtuvieron la ciudadanía por otros motivos. La posición fue presentada por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo, que abrió un plazo de alegaciones luego de adelantar los comicios y de suspender cautelarmente el voto y las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), salvo en los casos de exilio acreditado.
En su presentación, los servicios jurídicos del Estado reclamaron que se revoquen las medidas cautelares. El argumento central es que el CERA no permite identificar, en el corto tiempo disponible antes de las elecciones, el motivo por el que cada persona adquirió la nacionalidad española.
“O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA —pues los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna— o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone”, sostuvo la Abogacía del Estado.
El escrito también señala que la legislación electoral establece que el padrón válido para este proceso es el cerrado al 1 de agosto de 2026. Según la presentación, ese censo debe estar disponible el próximo 12 de octubre. La representación estatal insistió en que, dentro de los plazos fijados por la normativa electoral, no es posible separar a quienes se incorporaron al registro por la “ley de nietos” de aquellos que son españoles por otras razones.



