La Sala de vacaciones del Tribunal Supremo rechazó este sábado la medida cautelarísima solicitada por tres senadores del Grupo Parlamentario Popular, en representación de esa bancada, por la falta de comparecencia de varios ministros en el Senado durante agosto, en el marco de la crisis migratoria desencadenada en Ceuta.
El tribunal consideró que no se acreditó la urgencia especial que exige la concesión de una medida cautelar sin escuchar previamente a la otra parte. Según la resolución, "a la vista de las alegaciones efectuadas, no se considera procedente conceder la medida cautelar inaudita parte solicitada", ya que no se justificó la necesidad de adoptar esa decisión de manera inmediata y con carácter excepcional.
El auto también sostiene que los senadores no demostraron que el control parlamentario que vinculan con el ejercicio efectivo de su función representativa deba realizarse necesariamente durante el período extraordinario de agosto, del que restaba una semana. Los recurrentes habían relacionado ese planteo con el derecho reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución y con las facultades de control del Gobierno inherentes al cargo de senador. Para el Supremo, la tramitación ordinaria de la medida cautelar no se demorará excesivamente y no se explicó por qué el recurso perdería su finalidad legítima de proteger el derecho fundamental cuya lesión se invoca.



