El Gobierno de España recurrió la decisión del Tribunal Supremo de suspender de manera cautelar el voto y las nuevas inscripciones en el censo electoral de las personas nacionalizadas mediante la denominada “ley de nietos”, salvo en los casos de exilio familiar acreditado. En su presentación, el Ejecutivo sostiene que la ampliación del padrón no podría modificar un resultado electoral “por pura matemática” y advierte sobre las dificultades de algunos consulados para analizar todos los expedientes dentro de los plazos previstos.

A través de la Abogacía del Estado, el Gobierno de Pedro Sánchez solicitó a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal que revoque la resolución y deje sin efecto las medidas cautelares adoptadas. El planteo fue realizado en representación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Los servicios jurídicos afirmaron que “no existe ningún riesgo derivado del crecimiento del Censo Electoral de Residentes Ausentes” (CERA). Incluso, añadieron que, si ese riesgo existiera, sería “tan ínfimo” que no justificaría limitar el derecho al voto de cientos de miles de personas, al que definieron como una “piedra angular de la democracia”.

El escrito también sostiene que no es posible anticipar el sentido del voto de quienes se incorporen al censo y que su inclusión no podría alterar el resultado electoral. Además, cuestiona el criterio del Supremo al señalar que la inscripción censal no constituye una inscripción registral sujeta a una calificación previa.