Maricarmen, una mujer de 87 años que vivió durante décadas en una vivienda del distrito madrileño de Retiro, fue desalojada el miércoles pasado tras un proceso judicial iniciado por la propietaria del inmueble. El litigio se originó por la expiración del contrato de arrendamiento, firmado originalmente en 1956 y sometido posteriormente a dos subrogaciones tras el fallecimiento de sus titulares sucesivos: primero, el padre de la inquilina y, después, su madre.

La demanda fue presentada por Urbagestión Desarrollo e Inversión S.L., que sostuvo que la segunda subrogación, producida después de la muerte de la madre de Maricarmen en 2005, no podía extenderse durante toda la vida de la inquilina. La empresa fundamentó su posición en la disposición transitoria segunda de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994, aprobada durante el Gobierno de Felipe González.

El expediente atravesó tres instancias principales. En una primera etapa, un tribunal falló a favor de Maricarmen. Más tarde, la Audiencia Provincial de Madrid resolvió que el contrato había quedado extinguido. Finalmente, un auto del Tribunal Supremo dejó firme esa decisión y habilitó la ejecución del desahucio.

El criterio adoptado por los tribunales fue que la segunda subrogación estaba sujeta al límite temporal de dos años establecido en la disposición transitoria segunda de la LAU. Según esa interpretación, Maricarmen no quedaba comprendida en la excepción prevista para los casos en que la inquilina tuviera una discapacidad igual o superior al 65%, por lo que el contrato no podía mantenerse con carácter vitalicio.