La justicia federal de Campana tomó una decisión relevante al excluir un pendrive que había sido presentado como prueba en el caso que involucra a altos dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), entre ellos Claudio "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino. La resolución se basa en la falta de garantías sobre la autenticidad y la integridad de los datos almacenados en el dispositivo, lo que pone en evidencia los desafíos que enfrenta el sistema judicial al tratar con evidencias digitales en el contexto actual.
La medida fue fundamentada en un informe de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCO), que determinó que no se podía asegurar la integridad de la información contenida en el pendrive. Este informe subraya la importancia de seguir protocolos estrictos en la recopilación y almacenamiento de pruebas digitales, algo que en este caso no se cumplió. El juez encargado del caso enfatizó que, para que una prueba sea válida en un proceso penal, debe cumplir con los estándares legales y constitucionales establecidos.
Entre los aspectos que el magistrado destacó se encuentra la falta de extracción forense adecuada del dispositivo, lo que implica que no se siguieron las normas necesarias para garantizar la seguridad de la información. Esto resulta especialmente crítico en un contexto donde la evidencia digital puede ser fácilmente manipulada o alterada si no se maneja con el debido cuidado. La decisión de excluir el pendrive se inscribe dentro de un marco más amplio de protección de derechos, donde la legalidad y la correcta administración de justicia juegan un papel fundamental.
El inicio de este expediente se produjo luego de que el periodista Bruno Yacono Alarcón entregara el pendrive a la Fiscalía Federal de Lomas de Zamora. En su declaración, el periodista mencionó que el material provenía de una fuente cuyo nombre prefirió no revelar, lo cual genera interrogantes sobre la validez del contenido y la responsabilidad sobre la información presentada. Aunque el periodista afirmó no conocer el origen de los archivos, la falta de claridad en este aspecto complica aún más la situación del material en cuestión.
Tras la entrega del pendrive, el contenido fue enviado a la DAJuDeCO para un análisis técnico exhaustivo. Sin embargo, el organismo concluyó que, al no contar con una extracción forense adecuada, el dispositivo no cumplía con los estándares mínimos de seguridad necesarios para ser considerado como evidencia en un juicio. Este tipo de análisis es crucial, ya que se espera que las evidencias digitales sean tratadas con el mismo rigor que las pruebas materiales tradicionales.
A pesar de la exclusión del pendrive como prueba, el juzgado desestimó la solicitud de las defensas de destruir el dispositivo. Así, el pendrive permanecerá bajo resguardo judicial, aunque su contenido no podrá ser utilizado en el juicio en las condiciones actuales. Este desenlace pone de manifiesto la complejidad de los casos que involucran la recolección de pruebas digitales y resalta la necesidad de establecer protocolos claros y efectivos para el manejo de este tipo de evidencias en el ámbito judicial.



