La Audiencia Provincial de Cantabria ha decidido anular una donación de una vivienda que una madre había realizado a su hijo cuando este era apenas un niño de cuatro años. Años más tarde, ya siendo mayor, el hijo fue condenado por coacciones al intentar desalojar a su madre del hogar, cortando los suministros de agua y electricidad mientras la insultaba. Esta resolución modifica una sentencia anterior que había desestimado la demanda de la mujer.
El conflicto se originó en una propiedad situada en Piélagos, que fue donada por la madre en agosto de 2003. Posteriormente, el abuelo paterno también cedió el 55% restante de la vivienda, otorgando así la titularidad completa al menor. Pese a la donación, la madre continuó residiendo en el inmueble tras su divorcio, dado que el uso del hogar familiar le fue atribuido a ambos en la sentencia correspondiente. Sin embargo, el panorama cambió drásticamente el 11 de mayo de 2020, cuando el hijo, ya adulto y fuera de la vivienda, exigió a su madre que abandonara el lugar en un plazo de 24 horas, además de haber cortado los servicios básicos.
Como consecuencia de estas acciones, se inició un proceso penal que culminó con la condena del hijo por un delito leve de coacciones el 27 de octubre de 2021. Ante esta situación, la madre solicitó la revocación de la donación, amparándose en el artículo 648 del Código Civil español, que permite anular una donación si el beneficiario comete un delito contra el donante. Aunque en primera instancia su demanda fue rechazada debido a un argumento sobre el plazo de caducidad, la madre apeló y finalmente el tribunal determinó que el término de un año para solicitar la revocación se inicia una vez que la condena penal es firme, permitiendo así el avance de su reclamación legal.



