La Audiencia Nacional de España ha decidido no conceder asilo ni protección subsidiaria a un hombre de origen somalí que se encuentra cumpliendo una condena de cinco años de prisión por agresión sexual. Este fallo reafirma la resolución del Ministerio del Interior, que también impone al solicitante el pago de 1.000 euros en costos judiciales.
El caso se remonta a la solicitud de asilo presentada por el hombre, nacido en 1994 en Somalia, quien llegó a España en 1996 como menor. En 2021, mientras se encontraba en el Centro Penitenciario Madrid VII, solicitó protección internacional argumentando que su vida corría peligro debido a amenazas a su familia por parte de un grupo terrorista, así como conflictos familiares relacionados con su matrimonio interétnico.
Sin embargo, el Ministerio del Interior rechazó su solicitud en enero de 2022, argumentando que no había evidencia suficiente de persecución por motivos políticos, étnicos o religiosos. Además, subrayó que la gravedad de su condena por agresión sexual era un factor que impedía el reconocimiento del derecho de asilo. Posteriormente, el hombre presentó un recurso ante la Audiencia Nacional, que finalmente confirmó la decisión de no otorgar asilo.



