La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional de Panamá ha dado un paso significativo al aprobar en primera instancia el proyecto de Ley 498. Esta normativa, conocida como la "Ley de promoción de bebidas saludables en combos de comidas rápidas", obligará a los locales de comida rápida a ofrecer agua sin costo adicional dentro de sus combos de alimentos.
La propuesta, que fue presentada inicialmente como Anteproyecto de Ley 91 por el diputado Ernesto Cedeño Alvarado, ahora se encuentra en camino hacia su segundo debate. La iniciativa surge ante la preocupación por el alto consumo de bebidas azucaradas, que ha contribuido al incremento de enfermedades crónicas como la obesidad y la diabetes tipo 2, además de otros problemas cardiovasculares que afectan al sistema de salud pública.
Entre los principales objetivos de esta ley se destaca la promoción de hábitos de consumo más saludables. El artículo 1 establece que el agua deberá ser considerada una opción accesible y sin costo adicional en todos los combos de comida rápida. Asimismo, el alcance de la ley no se limita a grandes cadenas, sino que se aplicará a todos los establecimientos que ofrezcan este tipo de servicios en el país, garantizando así que todos los consumidores tengan la posibilidad de elegir agua como alternativa a las bebidas azucaradas.



