El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha decidido no hacer lugar a las medidas cautelares solicitadas por la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM), que pretendía suspender la implementación de servicios mínimos establecidos por la Generalitat para la huelga indefinida de médicos. Los sindicatos consideraban que estas restricciones eran excesivas, pero la justicia ha fallado a favor de la administración, argumentando que la continuidad de los servicios sanitarios es prioritaria.

El 16 de febrero, los médicos de toda España iniciaron una serie de paros en hospitales y centros de salud en busca de un estatuto profesional específico. Esta huelga indefinida les permite participar en paros de una semana al mes hasta junio. Durante los primeros días de la protesta, los sindicatos denunciaron que algunas regiones impusieron servicios mínimos que limitaban el derecho a huelga, lo que llevó a la CESM a llevar el caso ante el TSJCV, que finalmente desestimó su solicitud.

La Generalitat valenciana había impuesto servicios mínimos del 100% en áreas críticas como diálisis, radioterapia, trasplantes y unidades de cuidados intensivos, mientras que en atención primaria se estableció un mínimo del 50% de la plantilla. A pesar de las objeciones de la CESM sobre la falta de justificación adecuada, el tribunal concluyó que estas medidas eran necesarias para proteger la salud y la integridad de los ciudadanos, considerando que la suspensión de estos servicios podría generar riesgos irreparables. Con esta resolución, la huelga médica se desarrollará bajo la supervisión de los turnos mínimos establecidos por la administración, permitiendo que los médicos lleven a cabo sus acciones de protesta dentro de los parámetros fijados como esenciales.