El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) ha decidido revocar 136 Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) de esmaltes semipermanentes. Esta medida responde a la detección de sustancias prohibidas en dichos productos, las cuales podrían representar un riesgo significativo para la salud de los consumidores, en cumplimiento de las normativas establecidas por la Comunidad Andina.

A partir del 16 de febrero de 2026, la venta de estos esmaltes quedará prohibida en toda la región andina, luego de que se cumpliera el plazo de 60 días establecido por la Resolución No. 2548 de 2025. Esta normativa obligó a la cancelación automática de las NSO relacionadas con estos productos, con el fin de proteger la salud de la población.

La resolución, que fue publicada el 15 de diciembre de 2025 en la Gaceta Oficial de la Comunidad Andina, restringe el uso de componentes como el Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y el N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT) en productos cosméticos. El Invima enfatizó que esta acción también prohíbe la venta de existencias, reafirmando su compromiso con la vigilancia y control de la seguridad de los cosméticos en el país. La lista detallada de las NSO canceladas está disponible para el público, en cumplimiento de la ley de transparencia.