El Tribunal Supremo ha desestimado la apelación presentada por un guardia civil que había sido sancionado con la pérdida de veinte días de salario y la suspensión de funciones. Esta decisión se basa en comportamientos que la justicia consideró "gravemente incompatibles" con la dignidad del cuerpo. La sentencia justifica la sanción en hechos que incluyeron el consumo de alcohol durante el servicio y actitudes consideradas ofensivas.
Los incidentes ocurrieron el 1 de abril de 2022, cuando el agente se encontraba de turno entre las 14:00 y las 21:00 en el gimnasio del Departamento de Seguridad de la Presidencia del Gobierno. Antes de comenzar su jornada, el guardia se dirigió a una cafetería donde consumió varios pinchos y dos cervezas. Se mencionó que, como encargado del gimnasio, tenía la responsabilidad de mantener el orden y asegurar el cumplimiento de las normas en esas instalaciones.
Más tarde, alrededor de las 15:00, el guardia estuvo en compañía de otros dos colegas que llevaron una botella de ginebra, la cual compartieron mezclada con cola. La situación se tornó más problemática a las 19:15, cuando dos agentes de la Policía Nacional llegaron al gimnasio y encontraron al guardia civil con claros signos de haber ingerido alcohol en exceso. En un momento inapropiado, el agente se bajó los pantalones y exhibió su trasero mientras bailaba, lo que fue observado por los policías presentes. La sanción fue ratificada por el tribunal, que concluyó que los hechos, corroborados por múltiples testigos, afectaron la imagen institucional más allá de la conducta personal del guardia civil.
El afectado intentó impugnar la sanción argumentando violaciones a su presunción de inocencia, falta de garantías en su defensa y desproporción de la sanción. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó sus argumentos, afirmando que existían pruebas suficientes que respaldaban la decisión tomada y que la gravedad de los hechos justificaba la sanción impuesta.



