El Tribunal Supremo español ha emitido una sentencia que condena al Banco de España por infringir el derecho a la libertad sindical. Esto se debe a la negativa del organismo a convocar la comisión paritaria establecida en el convenio colectivo, solicitud que fue respaldada por varios sindicatos.
La decisión del tribunal, fechada el 5 de febrero, responde a un recurso interpuesto por el Sindicato Autónomo de Trabajadores del Banco de España, en el que también participaron CCOO, UGT y la Agrupación Grupo Directivo. La sala de lo social del Supremo analizó la posible vulneración del derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva, centrándose en dos acciones del Banco de España que generaron controversia.
Uno de los puntos abordados fue la implementación de un procedimiento para modificar voluntariamente la jornada laboral, aumentando de 38 a 40 horas semanales. Este cambio se realizó de manera masiva y a través de pactos individuales, sin tener en cuenta a la representación legal de los trabajadores. Además, el Banco de España se negó en reiteradas ocasiones a convocar la Comisión Paritaria, lo que fue considerado una violación de los derechos sindicales. Como resultado, el tribunal ordenó al Banco a convocar la mencionada reunión y a indemnizar al sindicato con 6.000 euros.



