El Tribunal Supremo ha ratificado que las asociaciones de consumidores tienen la capacidad legal para representar a los inversores en casos que involucran productos financieros complejos. Esta decisión fue anunciada en una sentencia emitida el 16 de febrero, según lo indicó la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).

El caso revisado se centra en una consumidora que, en 2007, recibió asesoramiento en una sucursal del Banco Santander para invertir 100.000 euros en Valores Santander. Sin embargo, el banco solo llevó a cabo un test de idoneidad y conveniencia tres años más tarde. Para 2018, el valor de las acciones que recibió la consumidora apenas alcanzaba los 37.000 euros, lo que la llevó a presentar una demanda contra la entidad bancaria.

A pesar de que el Juzgado de Primera Instancia de Alicante y posteriormente la Audiencia Provincial desestimaron su reclamo, la consumidora decidió apelar ante el Tribunal Supremo, que ahora ha fallado a su favor. Los magistrados han destacado un cambio en la jurisprudencia, fundamentándose en un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que estipula que la capacidad de las asociaciones para defender a los consumidores no se limita por el monto de la inversión ni por la complejidad del producto.