La Fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI) ha determinado que las sanciones económicas impuestas por Estados Unidos a Venezuela desde 2014 no constituyen crímenes de lesa humanidad. Esta decisión se da en el contexto del caso denominado 'Venezuela II', y se ha descartado la posibilidad de iniciar una investigación, tal como había solicitado el gobierno venezolano en febrero de 2020.

El ejecutivo de Venezuela había argumentado que estas "medidas coercitivas ilegales" de carácter unilateral de Estados Unidos habían generado delitos graves, tales como asesinatos, exterminio y persecución, entre otros. Sin embargo, el TPI no ha encontrado evidencia que indique una relación causal o intencionalidad detrás de estas sanciones que pudiera justificar la acusación de que provocan tales delitos.

La resolución ha sido comunicada a las autoridades venezolanas, quienes tendrán un plazo de 90 días para presentar su respuesta. Cabe destacar que esta decisión solo afecta al caso 'Venezuela II' y no guarda relación con la investigación en curso del caso 'Venezuela I', que se enfoca en los presuntos crímenes de lesa humanidad ocurridos en el país desde 2014 y que continúa avanzando en su proceso judicial.