La reciente crisis energética provocada por una explosión en el ducto de gas de Camisea ha generado un desafío significativo para el Estado peruano y el sector productivo. Ante el desabastecimiento de gas natural que afecta principalmente a Lima y la costa, el Gobierno ha declarado el estado de emergencia, promoviendo el teletrabajo como medida para disminuir el consumo de combustible y asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales y las industrias prioritarias.
Entre el 1 y el 14 de marzo, las autoridades han instado a las empresas privadas a adoptar el teletrabajo en la medida de lo posible. No obstante, surge una pregunta relevante: ¿es esta una obligación formal o simplemente una recomendación? La viceministra de Trabajo, Yolanda Erazo, aclaró en una entrevista que se trata de una exhortación, y que no se ha emitido una nueva normativa obligatoria debido a que la Ley N.º 31572 ya contempla situaciones de emergencia, permitiendo a los empleadores reasignar tareas compatibles con el teletrabajo de manera unilateral.
Erazo subrayó que el Ministerio de Trabajo ha emitido un comunicado instando a las empresas a hacer uso de la legislación existente para identificar qué puestos pueden ser desempeñados a distancia. Resaltó que, en caso de desacuerdo entre empleador y trabajador, la normativa otorga al empleador la autoridad para tomar decisiones, aunque enfatizó la importancia del diálogo y el consenso. Frente a las críticas de algunos sectores empresariales que consideran que esta medida obstaculiza el funcionamiento normal del país, la viceministra defendió que la decisión fue fruto de un análisis técnico del Ejecutivo, con el objetivo de garantizar el abastecimiento a sectores prioritarios como el transporte público y los hogares.



