La Audiencia Provincial de Palencia revocó la sentencia que había condenado a un abogado a pagar 10.490 euros por presentar en forma separada seis demandas vinculadas con préstamos otorgados mediante tarjetas de crédito “revolving”. El tribunal consideró que la conducta procesal cuestionada no constituye un ilícito capaz de generar una indemnización civil.

El profesional había representado a seis clientes que contrataron préstamos con la empresa 4Finance a través de ese sistema de tarjetas. En lugar de reunir las reclamaciones de nulidad en un único expediente, inició seis procedimientos distintos. Por esa decisión, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Palencia había dictado en enero de 2026 una condena contra el abogado.

La resolución de la Audiencia Provincial, fechada el 27 de julio de 2026, hizo lugar al recurso presentado y dejó sin efecto el pago dispuesto en primera instancia. De este modo, el tribunal superior concluyó que la fragmentación de las demandas, tal como fue planteada en el caso, no podía derivar en una indemnización civil.

Las tarjetas “revolving” permiten financiar consumos mediante el pago aplazado de una cuota fija o de un porcentaje mínimo del saldo pendiente. A diferencia de una tarjeta de crédito convencional, en la que el gasto suele cancelarse al mes siguiente, el resto de la deuda queda diferido y genera intereses.