La Cámara Federal de Casación Penal tomó una decisión significativa este jueves al declarar inadmisible la solicitud del juez federal de Rosario, Gastón Salmain, quien había pedido la exclusión de dos magistradas que ratificaron su procesamiento por graves delitos. Esta resolución, firmada por los camaristas Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, se enmarca en un contexto donde la justicia argentina se enfrenta a constantes desafíos en cuanto a la independencia y la integridad del sistema judicial.

El procesamiento de Salmain, que incluye cargos por cohecho pasivo agravado, abuso de autoridad y prevaricato, fue confirmado en marzo de 2026 por las magistradas Elida Isabel Vidal y Silvina María Andalaf Casiello, quienes forman parte de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. Su decisión se basó en un fallo anterior del juez Carlos Vera Barros, titular del Juzgado Federal N°4 de Rosario, que había dictado el procesamiento inicial. Este caso ha generado un amplio debate sobre la ética en la función pública y la responsabilidad de los magistrados en el cumplimiento de sus deberes.

Salmain, actualmente al frente del Juzgado Federal N°1 de Rosario, no solo enfrenta el proceso penal, sino que también se encuentra bajo prisión preventiva domiciliaria, aunque esta no se ha hecho efectiva debido a su inmunidad como magistrado. A su vez, se encuentra sujeto a una prohibición de salida del país. En un reciente desarrollo, la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura lo convocó a una audiencia programada para el 20 de mayo, un paso que podría culminar en una acusación formal y, eventualmente, en su destitución.

La defensa del juez Salmain argumentó que las juezas que rechazaron su recusación habían perdido su imparcialidad al remitir una Acordada al Consejo de la Magistratura, lo que abrió un expediente disciplinario en su contra. Este argumento se basó en el artículo 60 inciso f) del Código Procesal Penal Federal, que menciona causales para el apartamiento de magistrados. Además, se alegó una enemistad manifiesta con la jueza Andalaf Casiello, lo que, según la defensa, justifica la solicitud de recusación.

Sin embargo, la propia Sala B desestimó estos argumentos en marzo, señalando que la Acordada en cuestión era un acto administrativo y no constituyó una denuncia formal. La Cámara argumentó que la situación no cumplía con los requisitos necesarios para justificar un apartamiento y que no se evidenciaba la enemistad alegada, lo que llevó a Salmain a apelar ante el máximo tribunal penal del país.

El juez Carbajo, durante la deliberación, enfatizó que las decisiones sobre recusaciones no son impugnables a este nivel, ya que no se equiparan a sentencias definitivas y no interrumpen el curso de la acción judicial. Además, remarcó que las alegaciones de arbitrariedad planteadas por la defensa no demostraron una afectación a las garantías constitucionales. Este enfoque pone de relieve la importancia de mantener la integridad del sistema judicial y el respeto por las normativas existentes, lo que es fundamental para la confianza pública en la justicia.

En este contexto, el camarista Hornos respaldó la decisión y destacó que la parte impugnante no presentó nuevos argumentos que pudieran modificar el fallo anterior. Este caso, que continúa evolucionando, no solo afecta la carrera de Salmain, sino que también plantea interrogantes sobre la ética y la transparencia en el poder judicial, un tema que sigue siendo de gran relevancia en Argentina.