El 2 de enero entró en vigencia la ley 27.799 de Inocencia Fiscal, que incorporó al sistema tributario argentino el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias. La modalidad es optativa para las personas humanas y las sucesiones indivisas, y convive con el régimen general de determinación del tributo.

Aunque el importe a pagar es el mismo en ambos esquemas, el régimen simplificado calcula el impuesto exclusivamente a partir de los ingresos y los gastos. Por ese motivo, no exige informar el patrimonio inicial y final, sus variaciones ni los montos consumidos.

La nueva alternativa comenzará a aplicarse con el período fiscal 2025. La fecha prevista para la presentación de la declaración jurada es el 27 de agosto próximo. Además, el régimen contempla un efecto liberatorio del pago y una presunción de exactitud, con la condición de que exista una buena conducta fiscal. Bajo ese esquema, el fisco no podría poner bajo análisis los períodos fiscales 2024, 2023 y 2022.

La normativa también se complementa con la posibilidad de exteriorizar los llamados “dólares del colchón” sin que el fisco indague sobre su origen. Sin embargo, la reglamentación generó cuestionamientos por su extensión y por incluir disposiciones que, según el planteo formulado, se asemejaban a una ley y podían afectar el principio de legalidad tributaria.

A esas observaciones se sumaron algunas imprecisiones técnicas. Por ese motivo, el Poder Ejecutivo Nacional presentó un proyecto de ley modificatorio, que ya obtuvo dictamen en las comisiones de Presupuesto y Hacienda. El material disponible no detalla el contenido de los cambios propuestos ni las próximas instancias legislativas.