La Campaña de Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2025 dará comienzo el próximo miércoles 8 de abril, con la apertura del período para la presentación de las declaraciones a través de internet. Esta iniciativa, organizada por la Agencia Tributaria, permite a los contribuyentes gestionar sus obligaciones fiscales de manera más ágil y cómoda, adaptándose a las nuevas tecnologías y a las necesidades de los usuarios en un entorno cada vez más digital.

Desde la Agencia Tributaria se ha habilitado una serie de herramientas que permiten a los contribuyentes acceder a sus datos fiscales y otros contenidos relevantes, facilitando así la correcta preparación para la presentación de la declaración. Entre estas herramientas se destaca el nuevo servicio que permite obtener el número de referencia necesario para gestionar tanto la campaña actual como las de años anteriores, lo que simplifica notablemente el proceso para aquellos que necesiten realizar su declaración.

El plazo para la presentación de las declaraciones se extenderá hasta el 30 de junio de 2026, dando a los contribuyentes un margen considerable para cumplir con sus obligaciones. Además, es importante tener en cuenta que el inicio de esta campaña se da justo después de la Semana Santa, lo que puede influir en la cantidad de declaraciones recibidas durante los primeros días. Por otro lado, el 8 de abril también estará disponible el borrador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que podrá ser gestionado electrónicamente, facilitando aún más el trámite para los contribuyentes.

Entre el 6 de mayo y el 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria ofrecerá la posibilidad de confeccionar la declaración del contribuyente mediante atención telefónica, lo que representa otra alternativa para quienes prefieren no gestionar sus trámites por internet. La solicitud de cita para este servicio será posible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio, asegurando así que los contribuyentes tengan acceso a la asistencia que necesiten en el proceso.

Por último, es importante mencionar que del 1 al 30 de junio, los contribuyentes podrán acudir personalmente a las oficinas de la Agencia Tributaria para gestionar su declaración, con solicitudes de cita que se podrán realizar entre el 29 de mayo y el 27 de junio. En este sentido, la atención presencial se complementa con las opciones digitales y telefónicas, brindando así una variedad de alternativas que se adaptan a las preferencias de los contribuyentes.

En cuanto a los plazos para el ingreso de la cuota tributaria, aquellos que deseen domiciliar el pago deberán tener en cuenta que el plazo finaliza el 25 de junio. Los contribuyentes contarán con varias opciones para realizar el pago, incluyendo domiciliación, transferencia instantánea a través de plataformas seguras, y pago mediante tarjeta de crédito o débito. Estas alternativas buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y fomentar una gestión más eficiente y segura por parte de los ciudadanos.

Respecto a quiénes están obligados a presentar la declaración, deberán hacerlo aquellos contribuyentes que hayan percibido rentas del trabajo que superen los 22.000 euros de un solo pagador o 15.876 euros en el caso de tener dos o más pagadores. Asimismo, quienes hayan estado dados de alta como trabajadores autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar también deberán presentar su declaración. Esta normativa busca asegurar que aquellos con mayores ingresos y obligaciones fiscales cumplan adecuadamente con su deber tributario.