El Tribunal de Cuentas reanudó la tramitación del procedimiento por el presunto desvío de fondos destinado al referéndum del 1 de octubre de 2017 y a la acción exterior del ‘procés’, luego de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avalara la aplicación de la ley de amnistía en determinadas condiciones.

El órgano fiscalizador comunicó este lunes que solicitó a las partes que presenten sus alegaciones después de que el tribunal europeo resolviera la cuestión prejudicial planteada por el propio Tribunal de Cuentas. El expediente permanecía suspendido desde julio de 2024, cuando se decidió esperar la resolución del TJUE antes de analizar los pedidos vinculados con la aplicación de la amnistía.

En ese momento, el Tribunal de Cuentas había considerado que el supuesto desvío de fondos para el proceso independentista catalán podía afectar los intereses financieros de la Unión Europea. Por ese motivo, elevó la consulta al tribunal comunitario y suspendió el procedimiento “hasta la resolución del incidente prejudicial”.

Tras el fallo europeo, las partes disponen ahora de un plazo de diez días para formular las alegaciones que consideren oportunas y aportar la documentación pertinente sobre el origen de los fondos utilizados para afrontar los gastos incluidos en el expediente.

Según explicó el Tribunal de Cuentas, el TJUE concluyó que el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea no impide aplicar la ley de amnistía “cuando los actos objeto del procedimiento se refieran a fondos que no procedan del presupuesto de la Unión Europea ni estén destinados a éste”. Con esa resolución, el órgano fiscalizador retomó el trámite y abrió la instancia para que las partes se pronuncien sobre la documentación y las circunstancias del caso.