La expansión de las startups latinoamericanas con miras a establecerse en mercados internacionales ha estado históricamente orientada hacia Estados Unidos. En este contexto, la creación de holdings en jurisdicciones como Delaware se convirtió en la norma para acceder a financiamiento y asegurar la protección legal necesaria. Esta tendencia no solo era una elección táctica, sino que se transformó en una respuesta obligada a las dinámicas del mercado global de capital de riesgo, que priorizaba la seguridad y el respaldo de un entorno regulatorio conocido.

No obstante, en las últimas semanas se han dado dos acontecimientos significativos que podrían modificar este panorama. Por un lado, se ha avanzado en las negociaciones del acuerdo entre la Unión Europea y el Mercosur, y por el otro, se ha presentado la iniciativa “EU-Inc.”, relacionada con el denominado 28th Regime. Estas no son meras formalidades ni cambios superficiales; juntos, estos desarrollos tienen el potencial de desafiar el monopolio estadounidense en la formación y escalabilidad de startups en la región del Mercosur.

El acuerdo entre la UE y el Mercosur no solo es relevante en términos comerciales, sino que tiene un impacto directo en el capital de riesgo al ampliar significativamente el mercado potencial. La apertura de acceso preferente al mercado europeo, la gradual eliminación de barreras arancelarias y no arancelarias, así como la armonización de ciertas reglas de origen, pueden traducirse en mejores condiciones económicas para las startups. Esto significa que las empresas del Mercosur podrán escalar internacionalmente de manera más ágil, sin la necesidad de mudar su base operativa a otro país desde un inicio.

Desde la perspectiva del capital de riesgo, este nuevo contexto facilita que las startups de la región se conviertan en propuestas de inversión más atractivas. Al enfocarse en el mercado europeo, estas empresas dejan de ser vistas como iniciativas locales limitadas y comienzan a ser percibidas como plataformas regionales con acceso a un mercado con alto poder adquisitivo. Esta transformación afecta la percepción del riesgo asociado, las valoraciones y las estructuras de gobernanza, lo que a su vez influye en la disposición de los fondos para participar en rondas de financiamiento inicial o en etapas de crecimiento.

En adición a las oportunidades comerciales, el acuerdo UE-Mercosur también promete un entorno regulatorio más predecible y no discriminatorio para los inversores extranjeros. Este aspecto es crucial en una región que ha estado marcada por la inestabilidad normativa. Para los fondos de inversión europeos, la posibilidad de invertir en estructuras más coherentes y con acceso directo a su propio mercado reduce las fricciones que hasta ahora dificultaban la comparación con las opciones estadounidenses.

Por otro lado, la introducción de la EU-Inc. representa un avance significativo para resolver uno de los principales obstáculos que enfrenta el mercado europeo en términos de startups y capital de riesgo: la fragmentación legal. La creación de una entidad societaria paneuropea, que será opcional y completamente digital, apunta a simplificar la operativa en un mercado con más de veinte jurisdicciones que, hasta ahora, presentaban marcos legales variados. La posibilidad de operar con un marco jurídico unificado promete no solo simplificar procesos, sino también acelerar la inversión y la escalabilidad de proyectos innovadores en el continente.

En conclusión, estos movimientos estratégicos en el ámbito del venture capital abren un nuevo capítulo para las startups en América Latina. Con el acuerdo UE-Mercosur y la iniciativa EU-Inc., las empresas de la región no solo encontrarán nuevas oportunidades de financiamiento, sino que también podrán enfrentar el futuro con una mayor solidez y menos obstáculos, reconfigurando así el ecosistema de inversión en el que operan.