La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha decidido adoptar medidas más estrictas en el control de los agentes de bolsa en Argentina. Con la publicación de la Resolución General 1130/2026, el organismo establece un marco regulatorio más exigente para los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC), quienes ahora deben informar sus posiciones en moneda extranjera, cumplir con nuevos parámetros de liquidez y limitar su apalancamiento. Estas medidas buscan mitigar la vulnerabilidad del sistema financiero frente a fluctuaciones cambiarias y crisis de confianza en el mercado.

El endurecimiento de los controles responde a la necesidad de asegurar que los intermediarios del mercado de capitales mantengan una solvencia adecuada. De acuerdo a los nuevos lineamientos, cada ALyC debe sostener un índice de liquidez que garantice que sus activos corrientes sean iguales o mayores a sus pasivos corrientes. Esto implica que las firmas deben tener activos líquidos suficientes para cubrir sus obligaciones a corto plazo, lo que añade una capa de responsabilidad en la gestión de su capital.

Además, se ha establecido un límite en el nivel de apalancamiento que pueden asumir los agentes bursátiles. En este sentido, el pasivo financiero total no podrá exceder cinco veces la diferencia entre el patrimonio neto del agente y el mínimo regulatorio exigido para su categoría. Este cambio significativo en la regulación establece un tope claro al endeudamiento de los intermediarios, buscando evitar que la acumulación de deudas pueda comprometer la estabilidad del mercado en su conjunto.

En caso de que una ALyC no cumpla con los nuevos parámetros establecidos y no corrija su situación en un plazo de dos días hábiles, se verá obligada a cesar sus operaciones. Este enfoque riguroso resalta la urgencia que tiene la CNV para garantizar la salud del sistema financiero, evitando que situaciones de desbalance en las carteras puedan trasladarse a otros actores del mercado.

Según análisis de Delphos Investments, la nueva normativa marca un hito al fijar por primera vez límites cuantitativos explícitos tanto para el apalancamiento como para el ratio mínimo de liquidez. Esta regulación incluye un cronograma de adecuación que, aunque exigente, busca prevenir futuros desajustes en el sector. Inicialmente, la liquidez mínima comenzará en un ratio de 0,85 en mayo, aumentando a 0,90 en junio y alcanzando 0,95 en julio, mientras que el límite de apalancamiento se reducirá gradualmente de 8 a 5 veces.

Cabe mencionar que la resolución también prevé una excepción temporal que permitirá un apalancamiento de hasta 7 veces en situaciones transitorias, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones específicas. Este aspecto de la normativa busca ofrecer cierta flexibilidad a las ALyC en momentos críticos, sin dejar de lado la obligación de actuar con responsabilidad financiera.

Por último, un componente crucial de esta regulación será la supervisión diaria de las posiciones en moneda extranjera que mantiene cada ALyC. La obligación de reportar estas posiciones a través de la Autopista de la Información Financiera asegura que el ente regulador tenga acceso a datos actualizados y precisos, lo que facilitará una mejor vigilancia del mercado y una respuesta más ágil ante posibles irregularidades.