Una familia oriunda de Mar del Plata ha conseguido un fallo favorable en el ámbito civil y comercial, tras presentar una demanda por la insuficiencia del reintegro de pasajes aéreos y por el daño moral sufrido a raíz de la anulación de un viaje a Europa. Este fallo, emitido por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 6 de la ciudad, obliga a una agencia de turismo a abonar una suma en dólares que supera los 14.000, así como una multa civil y una compensación por el daño moral sufrido.

El conflicto se originó cuando dos adultos decidieron adquirir cinco pasajes aéreos con destino a Europa a través de la agencia en cuestión. La compra, realizada en febrero de 2020, tenía como propósito celebrar el cumpleaños de su hija menor realizando un recorrido familiar por Alemania, España y otros países europeos. Los demandantes indicaron que habían juntado el dinero con esfuerzo para llevar a cabo este viaje tan esperado, que representaba un momento especial para la familia.

El viaje estaba programado para julio de 2020, sin embargo, la llegada de la pandemia de COVID-19 obligó a la cancelación de los vuelos. Según lo estipulado en la sentencia, la agencia envió a los demandantes un correo que incluía documentos electrónicos de la aerolínea operadora, donde se les ofrecía la opción de reprogramar los vuelos hasta fines de 2021 o solicitar un reembolso. La elección de la familia fue buscar el reembolso.

El padre de la familia gestionó el reintegro a finales de 2021. Sin embargo, la resolución judicial detalla que la agencia decidió devolverles la cantidad que habían abonado originalmente, pero en pesos, casi dos años después de la compra. Este monto no solo no reflejaba el valor actualizado en dólares, sino que además, generó una diferencia significativa respecto al valor que la aerolínea reconocía en ese momento.

Ante esta situación, la familia rechazó la devolución y manifestó su desacuerdo a través de los canales de atención al cliente establecidos por la agencia. Posteriormente, se llevó a cabo un proceso de conciliación administrativa que no logró llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes. Por lo tanto, la familia decidió presentar una demanda formal en busca de justicia.

En la demanda, los demandantes exigieron el reintegro total del valor de los pasajes, una multa civil, compensación por daño moral y otros conceptos, argumentando que la agencia había incurrido en un trato abusivo y no había cumplido con las instrucciones de la aerolínea respecto al reembolso. Por su parte, la defensa de la agencia sostuvo que actuó como un mero intermediario, cumpliendo con lo acordado según la legislación vigente, y que no podía ser responsabilizada por la imposibilidad de llevar a cabo el viaje ni por la variación del tipo de cambio o la inflación.

La sentencia resalta que la relación entre la familia y la agencia se enmarca dentro de la Ley de Defensa del Consumidor, lo que implica que la agencia tiene la obligación de proporcionar un trato digno y una información clara, evitando imponer condiciones unilaterales. Aunque la pandemia fue considerada un caso de fuerza mayor que justificó la cancelación del viaje, el tribunal dictaminó que esto no eximía a la agencia de su responsabilidad de reintegrar el monto que la aerolínea había reconocido. De esta manera, se establece un importante precedente sobre los derechos de los consumidores en situaciones de crisis como la actual, resaltando la necesidad de un trato justo en el ámbito turístico.