Desde su establecimiento en 1995, el tope del haber máximo jubilatorio ha experimentado una notable disminución. En aquel entonces, el monto representaba aproximadamente el 82% de la remuneración máxima imponible. Sin embargo, tres décadas más tarde, esta proporción ha caído al 61%. Este cambio no se limita a una simple cifra, sino que refleja una reestructuración significativa en la relación entre lo que se aporta y lo que se percibe en el sistema de jubilaciones.
A partir de febrero de 2026, el haber mínimo legal se sitúa en $359.254,35, pudiendo alcanzar hasta $429.254,35 gracias a un bono de $70.000. En cuanto al tope máximo, este se establece en $2.417.441,63. Al comparar estos valores, la relación entre el máximo y el mínimo es de 6,7 veces, pero si se incluye el bono, baja a 5,6. En 1994, esta proporción superaba las 21 veces, lo que evidencia una compresión notable en los últimos años.
Este fenómeno no es reciente; se produjo entre 2003 y 2006, cuando el haber mínimo comenzó a recuperarse tras la crisis de 2001, mientras que el máximo no se ajustó adecuadamente. Actualmente, el haber máximo de $2.417.441,63 representa solo el 61,48% de la remuneración máxima imponible, que asciende a $3.932.339,08. Si se hubiera mantenido la proporción de 1995, el tope debería ser alrededor de $3.224.518,05, lo que muestra una reducción significativa de más de $807.000, es decir, más del 25%. Esto indica que el problema no radica únicamente en la existencia del límite, sino en su desalineación estructural.



