A partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2026, se implementará una veda total para la pesca de la merluza (Merluccius hubbsi) en un sector específico de la Zona Común de Pesca entre Argentina y Uruguay. Esta medida incluye la restricción en el uso de artes de pesca de fondo y busca proteger a los ejemplares juveniles de esta especie, cuya conservación es fundamental para la sostenibilidad del recurso pesquero.
La resolución que establece esta prohibición fue publicada en el Boletín Oficial de Argentina, así como en el Diario Oficial de Uruguay. La veda abarca un área delimitada por cinco coordenadas geográficas: 35°00’S - 52°27’W, 35°07’S - 52°10’W, 36°27’S - 53°45’W, 37°38’S - 54°56’W y 37°38’S - 55°51’W. Además, se prohíbe el uso de redes de media agua durante la noche en el mismo sector. Cualquier infracción a esta normativa será considerada un incumplimiento grave.
Esta decisión se origina a partir de investigaciones realizadas de manera conjunta entre ambos países, bajo el marco del Tratado del Río de la Plata. Los estudios evidenciaron la existencia de áreas donde se concentran los juveniles de merluza, lo que llevó a la Subcomisión de Recursos Vivos a recomendar la implementación de esta restricción temporal. El objetivo es asegurar la conservación y explotación sostenible de la merluza, garantizando su recuperación en el futuro. La resolución será comunicada a los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores de Argentina y Uruguay, siguiendo los procedimientos habituales entre ambos países.



