La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata ha ratificado una decisión judicial que obliga a un municipio de la costa atlántica a indemnizar a un ciudadano tras el robo de su motocicleta, la cual se encontraba bajo custodia estatal. Esta resolución reafirma un fallo de primera instancia y establece que el municipio debe abonar una compensación, junto con intereses y costas, al afectado por la pérdida de su vehículo, un hecho que resalta la responsabilidad del Estado en la custodia de bienes de particulares.

El caso se originó cuando un hombre presentó un reclamo tras la sustracción de su motocicleta Honda XR 250, modelo 2016, que había sido secuestrada el 19 de abril de 2022 por personal del municipio y posteriormente llevada a un predio destinado al depósito de vehículos. Al día siguiente, la moto fue robada de ese lugar. Este tipo de situaciones no solo plantea dudas sobre la seguridad de los bienes en custodia estatal, sino que también pone de manifiesto la necesidad de una mejora en los protocolos de seguridad que deben implementar las municipalidades al resguardar propiedades ajenas.

El reclamante, quien se identificó como el propietario registrado del vehículo, argumentó que, aunque contaba con un seguro, este no cubría los incidentes ocurridos durante el secuestro administrativo. Por lo tanto, solicitó una indemnización total que ascendía a 1.855.000 pesos, desglosada en un millón por el valor de la moto, 515 mil por la incapacidad de usarla y 340 mil por daños morales. Este monto refleja no solo la pérdida del bien, sino también el impacto emocional y económico que la situación ha generado en su vida.

En la defensa, el municipio negó las acusaciones y argumentó que la responsabilidad estatal debía estar vinculada a la violación de un deber legal específico. Además, la comuna alegó que existía un caso fortuito y que el robo fue obra de un tercero, solicitando la suspensión del proceso hasta que se resolviera la causa penal relacionada con el incidente. No obstante, esta postura genera interrogantes acerca de la capacidad de las administraciones locales para garantizar la seguridad de los bienes que se encuentran bajo su custodia.

Luego de un exhaustivo análisis de las pruebas presentadas, el tribunal de primera instancia determinó que la motocicleta había sido efectivamente secuestrada y que, en efecto, había sido sustraída del predio municipal. Esta conclusión fue respaldada por la investigación penal, que corroboró la secuencia de los hechos. El tribunal también validó la titularidad del reclamante, así como el daño patrimonial derivado de la sustracción del vehículo, una decisión que sienta un precedente en cuanto a la responsabilidad del Estado en situaciones similares.

La sentencia abordó los elementos que configuran la responsabilidad estatal, incluyendo el daño, la conducta atribuible, la relación de causalidad y el factor de atribución. El juez concluyó que existía una relación causal clara entre la falta de custodia por parte del municipio y el robo de la moto, destacando que la ausencia de medidas de seguridad adecuadas fue la causa directa de la pérdida del bien. Este análisis pone de relieve la importancia de contar con protocolos de seguridad robustos para evitar que situaciones como esta se repitan.

Finalmente, dado que el valor exacto de la motocicleta no podía determinarse de inmediato, el juzgado ordenó que se fijara la suma indemnizatoria en un incidente posterior, con la intervención del fabricante del vehículo. Este caso no solo resalta la responsabilidad de los municipios en la custodia de bienes, sino que también podría ser un llamado a la acción para que otras administraciones revisen y fortalezcan sus políticas de seguridad y manejo de bienes ajenos, a fin de evitar futuros incidentes similares y garantizar la confianza de la ciudadanía en las instituciones estatales.