La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria absolvió a un joven que había sido juzgado por mantener relaciones sexuales con una menor. El tribunal consideró que no se acreditó que hubiera cometido el delito de agresión sexual por el que fue acusado y sostuvo que, al momento de los hechos, existía una evidente proximidad entre ambos en cuanto a la edad y al grado de desarrollo o madurez.

En la sentencia, la sala señaló que no se incorporó al juicio una prueba incriminatoria con entidad suficiente para revertir la presunción de inocencia. También cuestionó el relato de la joven, al advertir “incontables contradicciones” entre sus distintas declaraciones y “lagunas” vinculadas con aspectos sustanciales de los hechos.

Según el fallo, la versión ofrecida por la denunciante se fue modificando y agravando en las sucesivas explicaciones, hasta incorporar en el juicio oral detalles y circunstancias que no había mencionado anteriormente. Además, los jueces identificaron diferencias entre su testimonio y lo declarado por los amigos a quienes les había contado lo sucedido. En función de esos elementos, la Audiencia Provincial concluyó que no podía tener por acreditada la acusación y dictó la absolución del joven.