Un hombre que se encontraba de vacaciones en la costa atlántica de Buenos Aires no obtendrá compensación por las lesiones que alegó haber sufrido tras un accidente en la escalera de su cabaña. La decisión fue emitida por el Juzgado Nacional en lo Civil n.° 95, que desestimó la demanda por daños y perjuicios contra la empresa que gestionaba el complejo turístico y su aseguradora. El tribunal argumentó que no se demostró la mecánica del accidente ni la responsabilidad del establecimiento.
El incidente tuvo lugar el 27 de enero de 2019, cuando el huésped, que había viajado junto a su familia, presentó una acción judicial tras caer en una escalera de madera que conectaba su cabaña con el patio. Según su relato, los escalones estaban húmedos y carecían de cintas antideslizantes, lo que habría provocado su caída. El hombre afirmó que recibió atención inmediata de una empleada del lugar y describió varias lesiones que, según él, le generaron una incapacidad posterior.
El demandante solicitó más de ocho millones de pesos en compensación por diversos conceptos, que incluían incapacidad, gastos médicos, tratamiento psicológico y otros. Sin embargo, la empresa demandada refutó su versión, alegando que no había escalera en el acceso a la cabaña y cuestionando la presencia de la empleada en el momento del accidente. A lo largo del proceso, las pruebas testimoniales no confirmaron el hecho, y el tribunal consideró que las declaraciones de la nuera del demandante tenían una “atendibilidad restringida” por su relación familiar. Finalmente, el fallo se basó en los fundamentos legales pertinentes, lo que llevó a la desestimación de la demanda.



