Un incidente ocurrido en una galería comercial de Lanús ha llevado a una mujer a perder un juicio que había iniciado tras sufrir una caída. La justicia, al evaluar el caso, concluyó que la demandante no logró demostrar ni el hecho ocurrido ni la responsabilidad de los involucrados. El fallo, emitido por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 11 de Lomas de Zamora, significó un revés importante para la mujer, quien ahora deberá afrontar los gastos procesales asociados a su reclamo.

El incidente se remonta al 23 de mayo de 2008, cuando la mujer, mientras caminaba por un pasillo de la galería, tropezó con un macetero que se encontraba en medio del camino, lo que provocó una caída que resultó en una fractura en su codo izquierdo. Según su relato, fue asistida de inmediato por personal del lugar y luego trasladada a un hospital, donde fue sometida a una cirugía que incluyó la colocación de varios elementos metálicos en su brazo. A pesar de la atención médica recibida, la mujer sostiene que su recuperación ha sido incompleta, lo que le ha generado limitaciones en su movilidad.

Al presentar su demanda, la mujer reclamó una indemnización de 280.000 pesos, argumentando que el accidente le había causado no solo daños físicos, sino también un impacto emocional y psicológico significativo. En su exposición, explicó que la caída la había dejado incapacitada para trabajar durante tres meses, lo cual afectó su desempeño laboral en una librería. La mujer enfatizó que, a raíz de la lesión, había experimentado una pérdida considerable de movilidad en su brazo y dedos, lo que repercutió en su vida cotidiana y profesional.

El contexto del incidente fue objeto de análisis en el juicio, donde la demandante alegó que la presencia de maceteros en el pasillo, además de ser un obstáculo, representaba un riesgo para los transeúntes. Afirmó que no era el único macetero en la galería y que su altura hacía que fueran difíciles de ver. En su defensa, la mujer hizo hincapié en que la responsabilidad recaía tanto en los propietarios del local como en la municipalidad, que había habilitado la galería, dado que, según su opinión, los pasillos deberían estar despejados de obstáculos.

Sin embargo, la defensa de la galería refutó estas afirmaciones, alegando que no tenían conocimiento del accidente y cuestionando la versión de la mujer. Argumentaron que el primer aviso sobre el incidente llegó ocho meses después y que la denuncia penal fue presentada un mes más tarde, bajo la asesoría legal de la accionante. Además, señalaron que las contradicciones en su relato ponían en duda la veracidad de su testimonio, al tiempo que negaron cualquier incapacidad resultante de la caída.

La compañía aseguradora, citada en el proceso, reconoció la existencia de una póliza, pero también desestimó la denuncia del siniestro y cuestionó la mecánica del accidente. Afirmaron que la versión presentada por la demandante evidenciaba su propia responsabilidad y que no existía un vínculo directo entre el accidente y las lesiones que sufrió. Por lo tanto, se negaron a cubrir los daños reclamados.

El proceso judicial atravesó diferentes etapas, incluyendo audiencias y presentaciones de pruebas, pero finalmente culminó con el fallo adverso para la mujer. Este caso resalta la complejidad de las demandas por accidentes en espacios comerciales y la importancia de contar con pruebas contundentes para establecer la responsabilidad en tales incidentes. La decisión del juzgado no solo marca un hito en la historia personal de la demandante, sino que también sienta un precedente en la evaluación de casos similares en el futuro, donde la carga de la prueba recae fuertemente sobre quien reclama la indemnización.