La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid suspendió de manera cautelar los efectos de la resolución de la Mesa Electoral del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) que había rechazado la candidatura Todos COAM para las elecciones celebradas el 27 de mayo de 2025.

La medida fue solicitada por los integrantes de la lista, que habían recurrido la resolución del 10 de junio de 2026. En esa decisión, la Mesa Electoral había desestimado la reclamación presentada contra el rechazo inicial de la candidatura, dispuesto el 5 de mayo de 2025.

Según informó el COAM, la resolución cuestionada fue utilizada por el presidente de la Mesa Electoral para proclamar a Nexo COAM, pese a que la propia Mesa había certificado previamente que Todos COAM obtuvo la mayoría absoluta de los votos. La candidatura estaba encabezada por Sigfrido Herráez. Luego de esa proclamación, los integrantes de Nexo COAM asumieron sus cargos de manera unilateral.

El nuevo auto sostiene que resultan aplicables los argumentos establecidos previamente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). En ese sentido, ordena mantener la situación ya decidida por razones de seguridad y coherencia jurídica, aunque aclara que la medida cautelar no anticipa una definición sobre el fondo del conflicto.

La controversia está vinculada con la interpretación del artículo 30 de los Estatutos del COAM. El tribunal también tomó en cuenta los criterios fijados con anterioridad por el TSJM al resolver sobre la continuidad de la candidatura Todos COAM mientras se analiza de manera definitiva la validez de las decisiones adoptadas por la Mesa Electoral.