El Ejecutivo nacional, bajo la dirección de Javier Milei, ha implementado una serie de cambios significativos en el proceso de selección de jueces para la Corte Suprema de Justicia. Esta modificación, formalizada a través del decreto 467/2026, fue anunciada este martes y se encuentra disponible en el Boletín Oficial. El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, fue el encargado de firmar esta normativa que también afecta a las autoridades del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa.
Las reformas proponen una revisión profunda de los procedimientos establecidos por los decretos 222 y 588 de 2003, que hasta ahora regulaban la designación de los cargos judiciales más altos del país. Según el Gobierno, la intención detrás de estas modificaciones es acelerar los procesos de nombramiento, simplificar los trámites administrativos y adaptar el sistema a las nuevas tecnologías de comunicación que predominan en la actualidad. Estas medidas se presentan en un contexto donde la eficiencia y la modernización son claves para la gestión pública.
Uno de los cambios más destacados es la eliminación de la fase de observaciones ciudadanas que tradicionalmente se llevaba a cabo en el Ministerio de Justicia antes de que los pliegos de los postulantes fueran enviados al Senado. Anteriormente, los antecedentes de los candidatos eran publicados y estaban sujetos a comentarios o impugnaciones antes de que se formalizara la nominación. El Gobierno argumenta que este procedimiento duplicaba las instancias ya contempladas en el Senado, donde se mantienen las audiencias públicas y la recepción de observaciones de la ciudadanía, así como el tratamiento de los pliegos por parte de la Comisión de Acuerdos.
La nueva normativa busca concentrar la participación ciudadana en la etapa legislativa, asegurando que los mecanismos de transparencia y control no se eliminen, sino que se reubiquen en el ámbito del Senado. Esto plantea un cambio en la dinámica de cómo se lleva a cabo la supervisión ciudadana sobre la selección de jueces, lo que puede tener implicaciones sobre la percepción pública de la justicia y la confianza en las instituciones.
Además, la reforma introduce modificaciones en la forma en que se difunden los antecedentes de los candidatos. En lugar de la obligación de publicar esta información en diarios de circulación nacional, ahora se publicará únicamente en el sitio web del Ministerio de Justicia y en el Boletín Oficial. Esta decisión responde a los cambios en los hábitos de consumo de información de la ciudadanía, permitiendo así una reducción en los tiempos del procedimiento.
Por otro lado, los postulantes tendrán un plazo de cinco días para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales, las cuales deberán incluir todos sus bienes, así como los de su cónyuge o conviviente, el patrimonio conyugal y los hijos menores. Esta exigencia se encuentra alineada con lo dispuesto por la Ley de Ética de la Función Pública y busca asegurar la transparencia en los procesos de selección.
Finalmente, se menciona un cambio en la función de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que seguirá encargándose de verificar la situación impositiva y previsional de los candidatos. Sin embargo, ahora dispondrá de un plazo máximo de cinco días para emitir los informes pertinentes, los cuales deberán respetar las normativas de secreto fiscal. Es importante señalar que, a pesar de estas modificaciones, el procedimiento constitucional de designación de jueces se mantiene sin alteraciones, conservando los requisitos de aprobación por parte del Senado y las audiencias públicas necesarias para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en este proceso crítico para la justicia argentina.



