El Gobierno nacional ha dado un paso significativo al autorizar a nueve provincias a gestionar tramos de rutas nacionales mediante un sistema de concesión por peaje. Esta decisión, formalizada a través del Decreto 253/2026 publicado recientemente en el Boletín Oficial, establece un marco donde las provincias podrán administrar y mantener estos caminos, aunque sin renunciar al control federal que ejerce el Estado sobre ellos. El decreto, que lleva la firma del presidente Javier Milei, así como del jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques, marca un cambio en la forma en que se gestionan las infraestructuras viales en el país.
Las provincias que se beneficiarán de esta normativa son Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes, Santa Fe, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Neuquén. Aunque se les permitirá gestionar estos tramos, es fundamental resaltar que el dominio público y la jurisdicción nacional seguirán bajo el control del Gobierno central. Esto significa que las provincias tendrán un papel activo en la administración de la infraestructura, incluyendo tareas de mantenimiento y reparación, pero sin poder tomar decisiones que afecten la propiedad del Estado.
Para llevar a cabo esta gestión, cada provincia deberá establecer convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad. En estos acuerdos se definirán aspectos esenciales como los tramos de ruta a concesionar, plazos de ejecución, así como los mecanismos de control y auditoría necesarios para asegurar la correcta gestión de los recursos. Estos convenios también estarán sujetos a la aprobación de la Secretaría de Transporte, que forma parte del Ministerio de Economía, lo que añade un nivel adicional de supervisión al proceso.
Un aspecto crucial de esta normativa es la estricta regulación sobre la utilización de los ingresos generados por los peajes. Los fondos recaudados deberán destinarse exclusivamente a los tramos de rutas concesionados y no podrán ser utilizados para financiar otras obras o corredores de transporte. Esto refleja un enfoque claro hacia la transparencia y la responsabilidad en la administración de los recursos públicos, aunque también limita la capacidad de las provincias para integrar sus proyectos viales en corredores más amplios, dado que no podrán participar en licitaciones conjuntas con rutas de otras jurisdicciones.
El plazo para que las provincias inicien el proceso de licitación es de un año a partir de la firma de los convenios. Si no se cumple con este requerimiento, la delegación otorgada por el Gobierno central quedará sin efecto, lo que podría representar un desafío adicional para las provincias en la planificación y ejecución de estos proyectos. Este condicionante busca incentivar una rápida acción por parte de los gobiernos provinciales, pero también podría dejar sin efecto oportunidades de desarrollo regional si no se actúa a tiempo.
Es importante mencionar que, en caso de que una concesión se extinga por cualquier motivo, la gestión del tramo volverá al Estado nacional. Esta cláusula asegura que, en situaciones de incumplimiento o fallas en la gestión provincial, el Gobierno central mantendrá la responsabilidad sobre la infraestructura vial. La normativa se apoya en la Ley 17.520, que faculta al Poder Ejecutivo para otorgar concesiones de obra pública, así como en el Decreto-Ley 505/58, que regula el sistema troncal vial, y se inscribe en los objetivos de la Ley 27.742, que busca reorganizar el Estado y descentralizar funciones. Así, se establece que las concesiones tendrán un límite máximo de 30 años, garantizando un marco temporal adecuado para la recuperación de inversiones por parte de las provincias.



